miércoles, marzo 12, 2025
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De “inconstitucional” califican el nombramiento de seis magistrados suplentes y advierten “repercusiones”

Tegucigalpa, Honduras

***Los magistrados suplentes se dividieron en dos para Libre, dos para el Partido Nacional y dos para el Partido Liberal.

[su_heading]Tegucigalpa, Honduras[/su_heading]

El abogado hondureño, Mario Castro, sostuvo que el auto acordado para el nombramiento de seis magistrados suplentes en la Corte Suprema de Justicia (CSJ), es “inconstitucional”, en vista que la modificación debe sufrir una reforma en el Poder Legislativo en la presente legislatura y aprobarla en la siguiente.

El abogado señaló que el auto acordado aprobado por los nuevos 15 magistrados tendrá repercusiones debido que los profesionales del derecho presentarán recursos de inconstitucionalidad en la Sala de lo Constitucional de la CSJ.

Por su parte, la titular del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), Gabriela Castellanos, mostró su descontento tras la creación de magistrados suplentes para la nueva Corte Suprema de Justicia (CSJ).

“La nueva Corte Suprema de Justicia empieza a pagar el pacto político: crear suplentes para las maniobras en la sombra de la justicia”, analizó Castellanos durante la madrugada de este viernes.

En la madrugada del viernes tras la elección de la CSJ por el Congreso Nacional, en primera sesión del pleno se aprobó el nombramiento de seis magistrados suplentes.

Los magistrados suplentes:

Partido Nacional: Marvin Rigoberto Espinal Pinel y Luis Alonso Discua Cerrato

Partido Libre: José Ricardo Pineda Medina y Aída Patricia Martínez Linares

Partido Liberal: Felipe René Speer Laínez y Juan Wilfredo Castellanos Hipp.

Algunos políticos explicaron que la figura ya existía, sin embargo, lo que hicieron ahora fue integrar a los mismos. en ese sentido habrá que ver la reacción de más sectores al respecto.

Modificación

Se conoció que, los nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia (2023-2030), modificaron el cuarto artículo del Reglamento Interior del Poder Judicial para nombrar a seis magistrados integrantes (llamados suplentes), una figura inexistente antes de la fecha.

La reforma al Reglamento Interior de la CSJ se hizo en la madrugada del viernes por el pleno de los 15 magistrados, luego de que la noche anterior fueran electos por el Congreso Nacional (CN) para el periodo 2023-2030.

Entre los cambios se encuentra la creación de cuatro incisos en el artículo 6 del reglamento -atribuciones de la CSJ-, donde se tipifica la aprobación por tres cuartos de los miembros (12 de 15) un listado no menor de seis magistrados integrantes escogidos de la última lista enviada por la Junta Nominadora al Congreso Nacional.

“Serán llamados a integrar en orden sucesivo y rotatorio al Pleno (cuando faltare un magistrado ‘titular’), pero excepcionalmente a las distintas Salas de la Corte Suprema de Justicia”, dice la reforma.

Asimismo, la Corte regulará y aprobará funciones y derechos de la nueva figura; aspectos sobre periodos de pruebas y un mecanismo para nombramientos, así como ascensos, traslados, permutas y cancelaciones de todos los servidores que laboren en el Poder Judicial.

De igual forma, el artículo 8 del reglamento ahora establece que los magistrados integrantes podrán llamado a una sala de la CSJ, solo cuando faltare un “titular” de la sala y ninguno de los 15 pueda conocer la causa.

Al respecto, en el artículo 15 se especificó que el llamamiento es atribución de la presidencia de la CSJ cuando por “impedimento, licencia o cualquier otro motivo o causa legal, faltare algún magistrado”.

Finalmente, el artículo 16 fue reformado para indicar que “una vez aprobada la integración de las Salas, solo se podrán cambiar la misma, con el voto de tres cuartos” de los miembros de la CSJ. GO/Hondudiario

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