jueves, abril 3, 2025
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TSC pide a la ciudadanía denunciar el uso indebido de vehículos del Estado en Semana Santa

Tegucigalpa, Honduras

*** Recordó que el marco legal vigente prohíbe la circulación de vehículos del Estado en días y horas inhábiles, y en labores ajenas a las funciones oficiales.

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El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) informó que verificará el uso indebido de vehículos del Estado durante la Semana Santa, en días y horas inhábiles, los que incurran en dicha falta serán objeto de sanciones establecidas en leyes vigentes.

En ese sentido, invitó a la ciudadanía a presentar las denuncias al correo electrónico operativo@tsc.gob.hn  o a través de sus redes sociales Facebook y Twitter: @TSCHonduras acompañada de fecha, hora, lugar y  fotografías que reflejen con claridad, placa y dependencia a la que pertenece el vehículo, para proceder conforme a derecho.

“Al ejecutar los operativos de control el TSC cumple el mandato legal de velar por el correcto uso de los bienes y recursos del Estado”, señaló.

El Pleno de Magistrados autorizó el desarrollo de los operativos en los principales ejes carreteros a nivel nacional, que coordinará el TSC con apoyo de la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte, de la Secretaría de Seguridad, a fin de constatar el uso indebido de vehículos estatales.

Recordó que el marco legal vigente prohíbe la circulación de vehículos del Estado en días y horas inhábiles, y en labores ajenas a las funciones oficiales.

También apuntó que el funcionario o empleado público, que incumpla las regulaciones legales se le impondrá una multa entre 5 mil a 50 mil lempiras y sujeto a la formulación de Responsabilidad Administrativa, así como el posible requerimiento y/o decomiso del vehículo.

Prohibiciones según la Constitución:

  1. Prohíbe el uso de vehículos propiedad del Estado en días y horas inhábiles, en labores ajenas a las funciones que desempeña.
  2. Trasladar a funcionarios y empleados públicos y sus familiares a sus casas de habitación o lugares donde realicen gestiones particulares.
  3. Llevar el vehículo propiedad del Estado a su casa de habitación, circular sin placas ni con los emblemas en las puertas laterales con la leyenda “Propiedad del Estado de Honduras”.

El vehículo propiedad del Estado que realice trabajos oficiales deberá portar el permiso para circular en días y horas inhábiles autorizado por la máxima autoridad de la Institución y en las municipalidades autorizará el alcalde.

 Se exceptúan los vehículos propiedad del Estado que circulan por necesidad de prestar servicios públicos, emergencias, Seguridad, Defensa y Salud.

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