viernes, febrero 7, 2025
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Comisión Permanente no puede aprobar reformas al Código Penal ni Procesal Penal, recuerda el CAH

Tegucigalpa, Honduras

*** El presidente del CAH advirtió sobre los peligros de una aprobación precipitada.

[su_heading]Tegucigalpa, Honduras[/su_heading]

Gustavo Solórzano, presidente del CAH

El presidente del Colegio de Abogados de Honduras (CAH), Gustavo Solórzano, señaló que la Comisión Permanente del Congreso Nacional carece de la autoridad para aprobar las reformas al Código Penal y Procesal Penal.

Según Solórzano, esta tarea requiere de una votación de al menos 65 diputados y la opinión de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

De acuerdo con informes, el martes, la Comisión Permanente del Congreso Nacional se reunió en el contexto del Plan de Solución Contra el Crimen, con Luis Redondo como encargado de presentar los acuerdos alcanzados en el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS).

Sin embargo, Solórzano enfatizó que no pueden aprobar reformas al Código Penal y Procesal Penal porque requiere de 65 votos de diputados y conocer la opinión de la CSJ.

El presidente del CAH advirtió sobre los peligros de una aprobación precipitada: “No procede la Comisión Permanente en este momento y hay que tener cuidado con lo que se aprueba porque lo que nace mal puede terminar en un vicio o la nulidad”. Añadió que la Comisión Permanente solo opera cuando el período de sesiones ordinarias ha concluido.

Solórzano sugirió que la reunión debería ser convocada por la junta directiva del Congreso Nacional y no por la Comisión Permanente, permitiendo así la participación de los 128 diputados para la aprobación de las reformas penales.

Durante la reunión del CNDS celebrada el viernes de la semana pasada, se decidió que el Congreso Nacional debe aprobar reformas al Código Penal y Procesal Penal, incluyendo la Ley de Colaboración Eficaz, como parte de las acciones drásticas contra el crimen organizado.

Las reformas son particularmente necesarias en casos específicos, como la extorsión, que actualmente es un delito de índole privada, donde la víctima rara vez denuncia. Solórzano argumentó que, en el caso del delito de extorsión, se debe establecer que el ofendido sea el Estado de Honduras, sugiriendo que este delito sea tratado como uno de orden público debido a la falta de denuncias por parte de las víctimas.

Este cambio, según el presidente del CAH, sería una medida efectiva en la lucha contra el crimen organizado, asegurando que el Estado actúe como el principal agraviado en casos de extorsión y no dependa de las denuncias de las víctimas, que a menudo temen represalias. OB/Hondudiario 

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