*** EEH sostiene que obtuvo tutela de sus derechos.
[su_heading]Tegucigalpa, Honduras [/su_heading]
La Empresa Energía Honduras (EEH), señaló en las últimas horas constantes violaciones cometidas por las autoridades hondureñas vinculadas o no con el desarrollo del contrato de Alianza Público-Privada para la mejora en los servicios prestados por la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE),
De acuerdo a un comunicado del ente gestor de energía, las mismas que han sido puestas en conocimiento de autoridades judiciales y la comunidad nacional e internacional, una vez emitido el Decreto PCM 081-2020, donde, en franca violación a la normativa nacional e internacional, el gobierno de Honduras modificó en forma arbitraria y unilateral la composición del Comité Técnico del Fideicomiso que regula el funcionamiento del mismo, EEH interpuso una acción ante los Juzgados de Letras de lo Civil de Francisco Morazán, solicitando se suspendan los efectos de las decisiones tomadas en el Comité Técnico del Fideicomiso No. 122, celebrado en fecha 26 de enero del 2021.
EEH agrega que obtuvo tutela de sus derechos haciendo uso del Recurso de Apelación ante la Corte Segunda de Apelaciones de lo Civil de Francisco Morazán, la cual mediante resolución de fecha 21 de abril de 2021, falló: “Ordenando la suspensión de los efectos de los acuerdos tomados en la sesión de Comité Técnico del Fideicomiso No. 122”, valorando que, al analizar el Reglamento Operativo y las reglas de funcionamiento del Comité Técnico del Fideicomiso, se constató que las decisiones adoptadas por dicho órgano se realizaron mediando conflicto de interés, vulnerando los derechos de EEH.
El texto cita que la resolución emitida por la Corte Segunda de Apelaciones de lo Civil de Francisco Morazán suspende los efectos de los acuerdos tomados por el Comité Técnico del Fideicomiso en perjuicio de EEH, obligando a las autoridades que han venido encaminando acciones para atribuir incumplimientos al inversionista operador, a respetar el debido proceso y a garantizar sus derechos. Al efecto el Juzgado de Letras Civil del Departamento de Francisco Morazán decretó la suspensión provisional de los efectos de la resolución del Comité Técnico del Fideicomiso celebrado en fecha 26 de enero de 2021, con una duración de seis (6) meses.
Además, esa garantía de derechos no ha sido observada por el Comité Técnico del Fideicomiso y la Superintendencia de Alianzas Público – Privadas, habiendo emitido el Acuerdo Número 01-RCAPP-2021, donde en forma arbitraria, desconociendo las cláusulas contractuales y la normativa que regula las actuaciones de la SAPP y en clara indefensión, pretenden imponer a EEH una penalización, sin siquiera señalar en dicha resolución, los recursos legales a que tiene derecho el operador EEH.
Según EEH, el superintendente Leo Castellón, falta a la verdad, cuando en declaraciones públicas indica que el acuerdo de penalización emitido por la SAPP no se basa en las decisiones tomadas por el CTF No. 122. Hondudiario
Aquí el comunicado completo.