***En la lista de funcionarios se incluyó a la junta directiva del Poder Legislativo.
[su_heading]Tegucigalpa, Honduras [/su_heading]
El Congreso Nacional (CN), aprobó este viernes la creación de la Unidad Especial de Protección (UEP) para funcionarios y exfuncionarios públicos.
La decisión de crear la UEP forma parte de reformas a la Ley Especial de Protección a funcionarios y Exfuncionarios en Riesgo Extraordinario y en la misma se incluye una extensa lista de funcionarios y exfuncionarios de la República.
Los artículos reformados, mediante Decreto 93-2014 y Decreto 184-2016, durante una sesión virtual, son el 3, 4, 5, 6, 7, 10 y 11. El jueves trascendió que la ley actual sería derogada y aprobada una nueva, sin embargo al final lo que se hizo fue la reforma de siete artículos.
Las reformas fueron aprobadas con dispensa de debates que presentó la diputada nacionalista Sara Medina, quien además propuso agregar que en la extensa nómina de funcionarios se incluya a todos los miembros de la junta directiva del CN.
En el proyecto de decreto se añaden las palabras “situación de peligro” y se crea una cuarta categoría de protección donde gozarán de este beneficio hasta ciudadanos que no han sido servidores públicos que hayan colaborado en la toma de decisiones tanto de altos funcionarios como de exfuncionarios, entre ellos los presidentes de los tres poderes del Estado o quienes fungieron en estos cargos.
De su lado, la parlamentaria de Pinu-SD, Doris Gutiérrez dijo que su voto es en contra porque mientras el pueblo está en total indefensión no se pueden crear unidades élites para cuidar a altos funcionarios del Estado.
Manifestó que “se está creando una clase privilegiada con la aprobación de la Ley de protección a funcionarios”.
Denunció que “en el dictamen que recibió hace dos días se hablaba de una nueva ley que iba a adsorber la vigente y que la misma incluía un presupuesto de 250 millones de lempiras, sin embargo, todo esto se cambió por la denuncia que hiciera ante los medios de comunicación”.
Este proyecto de decreto que se aprobó el Legislativo contempla cuatro categorías, pese a que desde 2014 ya existía una ley similar, pero que sería cambiada para agregar otras figuras dentro de cada categoría.
Categoría uno: presidente de la República y expresidentes de la República; presidente y expresidentes del Congreso Nacional, Corte Suprema de Justicia (CSJ), Fiscal y Exfiscal General de la República.
Categoría dos: Magistrados, exmagistrados de la CSJ y Cortes de Apelaciones de Jurisdicción Nacional, jueces y fiscales en alto riesgo; Fiscal y Exfiscal General Adjunto de la República, secretarios, exsecretarios de Estado en los Despachos de Seguridad y Defensa Nacional.
Asimismo, la protección especial para el presidente, presidenta y expresidentes de las Comisiones de Seguridad y Defensa nombrados por el Congreso Nacional de la República, así como los miembros de dichas comisiones, cuando así lo aconseje el caso concreto, conforme al análisis del riesgo surgido.
De igual forma, el o la titular de la Servicio de Administración de Rentas (SAR).
Categoría tres: director y exdirectores nacionales de la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia, jefe y exjefes del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Honduras.
De igual forma, director general y exdirectores generales de la Policía Nacional de Honduras; jueces con competencia Territorial Nacional y otros constituidos para el tratamiento de casos de crimen organizado.
También, fiscales especiales constituidos para el tratamiento de casos de crimen organizado y otros funcionarios de los diferentes entes del Estado, cuyas decisiones o actuaciones en el ejercicio de sus funciones, los coloquen en una situación de riesgo extraordinario y extremos contra su integridad física, previo a su respectivo análisis de riesgo.
Categoría cuatro: Aquellos funcionarios y exfuncionarios, jefes de unidades cuya responsabilidad principal haya sido el cuidado y protección de los dignatarios descritos en la categoría uno.
Se considerarán dentro de esta categoría a los ciudadanos no funcionarios que hayan colaborado en la toma de decisiones de los funcionarios y exfuncionarios descritos en la categoría uno, previo a su respectivo análisis de riesgo. hondudiario/AB