Presentan recurso de inconstitucionalidad ante la suspensión de cabildos abiertos en las municipales

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***Indican que consideramos que el Decreto Legislativo 154-2020 resulta inconstitucional por trasgredir los derechos constitucionales de participación política e igualdad y no discriminación.

Tegucigalpa,Honduras

La Coalición Contra la Impunidad (CCI) integrada por 53 organizaciones de sociedad civil presentaron un recurso de inconstitucionalidad ante decreto de la suspensión de Cabildos Abiertos en las corporaciones municipales a nivel nacional.

El cual es discriminatorio ya que dispone la suspensión de los cabildos abiertos presenciales que establece la Ley de Municipalidades y habilita la realización de estos en formato virtual, en menor cantidad lo que solamente la población que posea las condiciones económicas de acceso a equipo e internet podrá ejercer su derecho a la participación política.

Este decreto contraviene la Constitución de la República y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, violenta las normas que contienen los derechos de igualdad y no discriminación y participación política.

La realización de cabildos virtuales en el marco de emergencia decretada por la pandemia de COVID-19 es discriminatorio ya que en Honduras solo de 31.7 por ciento de la población tiene algún tipo de acceso a internet, de estos el 81.3 por ciento se concentra en zonas urbanas y apenas el 18.7 por ciento por ciento en zonas rurales, según las cifras del Instituto Nacional de Estadística de Honduras (INE).

También este decreto suspende los procesos de elección de los cargos a comisionados municipales de transparencia y juntas directivas de patronatos de las 298 municipalidades del país prorrogando el período para el que fueron electas por dos años y un año, respectivamente, suplantando la facultad de elegir que corresponde exclusivamente a la población del término municipal.

Esto es de suma gravedad considerando la función primordial que cumplen los cabildos abiertos para las comunidades y territorios en cuanto a la participación ciudadana, pues en los municipios rurales que representan el 94 por ciento de la población de Honduras, estos espacios resultan ser el único mecanismo de participación para hacer efectivos sus derechos de acceso a la información y participación política directa frente a las operaciones de megaproyectos y proyectos extractivos instalados en sus territorios.

Por lo anterior, consideramos que el Decreto Legislativo 154-2020 resulta inconstitucional por trasgredir los derechos constitucionales de participación política e igualdad y no discriminación transgredir los derechos constitucionales de participación política (art. 37 constitucional) e igualdad y no discriminación (art. 60 constitucional).

Asimismo, contradice disposiciones contenidas en los artículos 1.1 y 23.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, siendo procedente la declaratoria de inconstitucionalidad y derogación del decreto en mención.

Hacemos un llamado a los magistrados y magistradas de la Sala de lo Constitucional de Honduras, a que admitan la presente acción, que le den trámite correspondiente y que, una vez realizadas las diligencias según la ley, se proceda a declarar CONLUGAR el presente recurso y establecer la INCONSTITUCIONALIDAD TOTAL del Decreto Legislativo Nº 154-2020.

A fin de que los derechos violentados sean restituidos y garanticen que toda la población sea parte de la vida pública de sus comunidades, accediendo a información oportuna y priorizando por parte de las autoridades el bienestar común y no los intereses de las empresas extractivas.hondudiario/AB

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